Libre afiliación y voto secreto ¿una utopía?

Francisco Salinas Ríos / Agencia Nacional de Información
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“Con la reforma ahora los trabajadores serán los que elijan libremente a sus dirigentes, el voto será personal libre y secreto, pero obviamente el tema aquí es quién va a supervisar este tipo de acciones de votación”, pregunta el doctor Manuel Fuentes Muñiz, que cuestiona por qué en el país puede haber un millón de centros de trabajo y se requerirían al menos dos millones de visitas para que la autoridad pudiera supervisar la libertad de los obreros.

Lo mismo sucederá con la revisión de los 500 mil contratos de trabajo porque la autoridad laboral tendría que consultar tanto el pliego de peticiones como el acuerdo planteado por el patrón, en dos ocasiones, agregó.

No obstante, reconoció que la ley dice que esa supervisión será electiva, ¿por qué?, se pregunta, pues “porque no tiene personal suficiente y es posible que estemos encontrando que estén presentando un listado de autorizaciones de los trabajadores sin que haya manera de percatarse de eso”.

Es decir, que la libre afiliación y el voto secreto será una utopía, pues “lo que podríamos estar encontrando es que pudiera haber votaciones de fantasía, porque la autoridad no tendrá manera de darse cuenta, es decir que uno se las imagine y solamente presenten papeles donde dicen ‘sí yo voté secretamente’ y demás, porque no hay manera de que la autoridad esté vigilando eso”.

En cuanto a la revisión contractual explicó que, si hay una demanda de 10 por ciento de incremento salarial, “le voy a pedir un informe, le voy a pedir días económicos, más aguinaldo y demás, y si a lo mejor llegamos a un 6 por ciento en lugar de un 10 por ciento” se tiene que consultar a los trabajadores para saber si están de acuerdo en esta autorización.

No dejó de estimar que la revisión de esos varios cientos de miles de contratos, de acuerdo con la ley, la autoridad tiene un plazo de cuatro años para la revisión contractual, aun así sin personal suficiente para la supervisión, no hay garantía de que sea eficaz.

En la entrevista para ANN, el catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana, unidad Azcapotzalco, resumió que la Reforma Laboral “en realidad lo que se está planteando son dos momentos: La elección de comité ejecutivo y las demandas salariales en los contratos colectivos. ¿Quién los va a supervisar?”

Y sentenció: “Si no hay vigilancia de la autoridad, esta reforma laboral puede tender al fracaso. Obviamente aquí lo importante es que los trabajadores, los que están beneficiados con esta ley conozcan del tema y demás, y puedan lograr que una reforma como esta sea efectiva”.

Consideró además que “uno de los principales problemas es que esta reforma no protege la estabilidad de los trabajadores en el empleo, y trabajadores que quieran ejercer su libertad sindical se van a la calle… pero sin un instrumento rápido, eficiente en los tribunales laborales, esto va al fracaso”.

El enjuiciamiento del especialista en Derecho Laboral no fue tajante o radical porque consideró asimismo que la Reforma Laboral aprobada por el Senado la semana pasada es una propuesta que puede sonar bien, ya están establecidos los qué, pero faltan los cómo. “Entonces, entre el qué y el cómo hay una distancia, un barranco que se requiere pasar para que sea una efectiva justicia laboral”.

Si bien asegura que no puede decir que no está de acuerdo con la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el que ahora pasan al Poder Judicial uno de los temas que se ve es la eficacia de esta Reforma Laboral, ya que “al pasar aquellas al Poder Judicial de los estados, los gobernadores van a seguir metiendo las manos en los asuntos colectivos.

“Yo quiero ver qué tipo de jueces laborales puede haber independientes que cuando estalla una huelga y demás, pueda decretarla inexistente por la presión de un gobernador o temas de un despido que sea incómodo a un gobernador, ¿cuál va ser la posición de un juez laboral?”

No es solamente la imparcialidad de los jueces laborales, “ojalá que los surgimientos de esos juzgados sean juzgados en donde no se trate igual a los desiguales, sino que haya un tema de protección a los trabajadores”, porque la ley como está planteada no lo propone.

          Puede llegar al juicio un patrón con muchos recursos y un trabajador que tiene salario ínfimo, uno tiene muchos recursos económicos y éste no. Está poniendo esta legislación en una situación de iguales, entonces, en efecto esta Reforma Laboral puede significar un retroceso en los derechos de los trabajadores. El problema estriba en que las buenas intenciones que se pueden esbozar en esta Reforma Laboral “pueden en poco tiempo revertirse en perjuicio los trabajadores”.

Enfatiza en que debe darse una campaña de información a los trabajadores en el millón de centros de trabajo para que sepan que ahora deben ser consultados tanto para la revisión contractual como para le elección de su comité ejecutivo sindical, a pesar de que un problema es que 90 por ciento de los trabajadores en el país no están organizados, tienen sindicatos de membrete.

Antes de concluir la entrevista en su despacho de Venustiano Carranza 49, Centro Histórico, el doctor Fuentes Muñiz censuró que la reforma no ataca el outsourcing, permite que haya varias empresas dentro de las propias empresas y “esté afectando la libertad sindical, la contratación colectiva, baja los salarios y todo trabajador que está en outsourcing son temporales, nadie tiene contrato de base y hay una afectación a sus derechos”.

Adenda. En los artículos transitorios se prevé un periodo de 180 días para expedir la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; otro no mayor a dos años para que inicie funciones, y un tercer periodo, de máximo tres años para que los centros de conciliación y tribunales comiences operaciones. Será una Reforma Laboral no sólo costosa sino también tardada.

 

 

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